En la ciudad de Mariano Roque Alonso, República del Paraguay, el 19 de junio de 1997, reunidos en la sede de la Asociación Rural del Paraguay, los Presidentes de las Asociaciones de Productores Agropecuarios de los países del Mercosur: Sr. Enrique C. Crotto de la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA; Sr. Luiz M. Suplicy Hafers de la SOCIEDAD RURAL BRASILERA; Sr. José Bobadilla de la ASOCIACION RURAL DEL PARAGUAY y Sr. Juan M. Silva y Rosas de la ASOCIACION RURAL DEL URUGUAY, constituyeron la Federación, aprobando sus Estatutos que estuvieron vigentes hasta su modificación en el año 2006.
Luego, con el correr de los años se agregaron como Entidades Socias Activas Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Confederación de Agricultura y Pecuaria de Brasil (CNA), Federación Rural (Uruguay),Federación de Ganaderos de Santa Cruz (FEGASACRUZ - Bolivia) y Sociedad Nacional de Agricultura (SNA - Chile) integrando el Consejo Directivo de la entidad. La FEDERACION DE ASOCIACIONES RURALES DEL MERCOSUR AMPLIADO (FARM), es una asociación civil internacional, sin fines políticos ni de lucro, de duración indeterminada, con sede en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, cuyo objetivo general es la defensa de los intereses comunes de los productores rurales de los países del MERCOSUR y contribuir al desarrollo agrícola, económico ,social y cultural de los Estados partes.
Asimismo, persigue los siguientes objetivos específicos:
Preservar de manera general los intereses del sector rural regional.
Propender a la integración regional del sector.
Propender a la mejora permanente de la competitividad de la cadena agropecuaria regional.
Fomentar el relacionamiento y facilitar la cooperación entre las instituciones, empresas y personas del sector agropecuario de los países del MERCOSUR.
Crear y mantener un sistema de información que permita a los agentes económicos y sus respectivas autoridades contar con los datos y elementos necesarios para una adecuada toma de decisiones.
Para el cumplimiento de sus objetivos la FARM está dotada de las siguientes facultades:
Pronunciarse, dentro del ámbito de su competencia, emitiendo proyectos de recomendaciones, sea por iniciativa propia de sus entidades socias o sobre consultas que realicen las autoridades del MERCOSUR. Dichas recomendaciones pueden referirse a cuestiones internas del MERCOSUR, así como a la relación de este con otros bloques económicos, organismos internacionales y otros procesos de integración.
Sugerir las acciones necesarias para que las resoluciones del MERCOSUR sean rápidamente ejecutadas por los países miembros.
Cooperar activamente para promover y facilitar las negociaciones directas entre los distintos agentes de las diversas cadenas productivas agropecuarias de la región.
Dar seguimiento, analizar y evaluar el impacto sobre el sector agropecuario, derivado de las políticas destinadas a los procesos de integración, en las diversas etapas de su implementación, tanto a nivel regional como internacional.
Proponer políticas y normas sectoriales en materia de integración.
Participar, en representación del sector agropecuario privado de la región, en los procesos de negociaciones comerciales internacionales que el MERCOSUR lleve adelante con otros países o bloques económicos.
Realizar investigaciones, estudios o seminarios sobre cuestiones relacionadas con el sector y el proceso de integración.
Establecer relaciones y realizar consultas con Instituciones regionales o internacionales públicas o privadas cuando sea conveniente para el cumplimiento de sus objetivos.
Contribuir a una mayor participación del sector a nivel regional promoviendo el comercio entre los países miembros del MERCOSUR, así como del bloque hacia otros países proponiendo acciones que eliminen las trabas existentes.
Promover el intercambio tecnológico entre los productores y empresas del sector de los países miembros del MERCOSUR.
Ejecutar toda otra acción que propenda al desarrollo sustentable de la cadena agroindustrial del MERCOSUR.
La Federación está integrada por Entidades Socias Fundadoras, Entidades Socias Activas, ya mencionadas, y Entidades Socias Adherentes y Socios Honoríficos.
Según los estatutos de la Entidad podrán ser Entidades Socias Adherentes las entidades, organizaciones e instituciones privadas u oficiales vinculadas al sector constituidas en cualquiera de los países del MERCOSUR y que demuestren interés en participar en la FARM, previo aprobación del Consejo Directivo. Asimismo, los Socios Honoríficos podrán ser aquellas personas físicas o jurídicas que en razón de sus méritos o de los relevantes servicios prestados al sector, sean designados como tales.
Consta del Consejo Directivo, el Consejo Institucional, la Secretaría General y los organismos asesores.
El Consejo Directivo es el órgano permanente de la FARM el encargado de llevar adelante las acciones de la Federación y ejerce en última instancia su representación institucional ante las autoridades oficiales del Mercosur y de otros países o Bloques de países.Lo integran representantes de las Entidades Socias Fundadoras y Entidades Socias Activas. De allí es elegido el Presidente.
El Consejo Institucional se integra por un representante designado por cada una de las entidades socias (fundadoras, activas, adherentes, y honoríficas) y puede expedirse respecto a los temas que el Consejo Directivo proponga, o elevar al Consejo Directivo, por iniciativa propia, propuestas consideradas de interés.
Las funciones técnicas y administrativas de la FARM serán cumplidas por la Secretaría General; también cuenta de Comisiones de trabajo (Organismos Asesores) especializadas cuyo fin es asesorar al Consejo Directivos sobre los distintos temas de la agenda regional.
AUTORIDADES - CONSEJO DIRECTIVO: PERIODO 2009 – 2010